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Tema: Documentos

Los artículos publicados en este tema son los siguientes.


Impresos temporada 2019/2020 lecturas 3990
Enviado por admin en Viernes, 28 Junio, 2019
Documentos 

Estimado Sres. Delegados:

Les informamos que en nuestra página web, ajedrezfma.com, y en el apartado de Información de Interés tienen a su disposición para poder descargar los impresos que se detallan a continuación:

  • Impreso de autoliquidación e ingreso. Word / Pdf / Excel
  • Hoja de inscripción de Entidades Deportivas. Word / Pdf
  • Hoja de inscripción de Equipos. Word / Pdf
  • Formulario de jugadores. Word / Pdf
  • Hoja de Orden de Fuerzas de Ajedrez por Equipos Reglamentaria. Word / Pdf
  • Hoja de Orden de Fuerzas de Ajedrez Rápido por Equipos Reglamentaria. Word / Pdf
  • Hoja de Orden de Fuerzas de Ajedrez Liga Sub-16 Reglamentaria. Word / Pdf
  • Formulario de solicitud de baja de Licencia Deportiva. Word / Pdf
  • Hoja de solicitud para impartir cursos de monitor oficiales. Word / Pdf

La finalidad y utilidad de estos impresos es para que puedan remitir dichos impresos al e-mail de la F.M.A. ajedrezfma@ya.com junto con la copia del resguardo de ingreso bancario (escaneado) , por el total del importe de liquidación, en el siguiente número de cuenta corriente: 2085 9288 12 0300046782

Tipo de licencia por año de nacimiento

Una vez recibidos los impresos correspondientes y comprobados los datos se les contestaría a su mismo e-mail de envío devolviéndoles los impresos con el sello de la F.M.A. como conformidad, o bien informándoles de los errores o falta de datos que tienen que subsanar.

Principalmente desearíamos que este procedimiento de inscripción, en especial para las competiciones de Liga de Ajedrez Rápido, Liga Infantil ó Liga por Equipos Oficial, fuera práctica habitual, lo cual ahorraría tiempo y desplazamientos.

La tramitación de las Licencias quedaría como se detalla a continuación:

Para los que ya estuvieran federados de otras temporadas, su licencia quedaría renovada automáticamente en el momento de su abono.

Para los nuevos federados, podrán remitirnos escaneado el impreso de Licencia, debidamente cumplimentado, con todos sus datos junto con la copia de su D.N.I. y posteriormente, remitiríamos por e-mail a su Club, copia de la misma con su número correspondiente de federado.

Si no pudieran cumplirse cualquiera de los requisitos arriba citados, deberán personarse en la sede de la F.M.A. (c /Payaso Fofó nº 1) para validar la documentación presentada.

En cualquier caso, la Federación Madrileña de Ajedrez se reserva el derecho de solicitar la presentación de la documentación en nuestra sede.

FEDERACION MADRILEÑA DE AJEDREZ

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Subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas 2018 lecturas 1650
Enviado por admin en Martes, 04 Septiembre, 2018
Documentos Con fecha 03 de septiembre de 2018 se ha publicado en el BOCM la Orden por la que se aprueba la convocatoria para el año 2018 de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiciales, convocada por la Orden 852/2018, de 23 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. La presentación de las solicitudes se realizará de acuerdo al artículo 3 de dicha Orden. El pazo será del 4 al 17 de septiembre de 2018. Y la documentación a presentar es la solicitud (Anexo I) y el certificado de la Federación (Anexo II)
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Subvenciones Asociaciones Depotivas Madrileñas 2017 lecturas 2436
Enviado por admin en Sábado, 16 Diciembre, 2017
Documentos 

Con objeto de dar la máxima difusión entre las asociaciones deportivas de la Federación Madrileña de Ajedrez, la próxima semana se va a publicar en el BOCM la Orden por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales, convocada por la Orden 2350/2017, de 28 de junio.

De acuerdo con dicha Orden, las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 8.2 de la Orden 2350/2017, de 28 de junio, ya citada, que se habrá de presentar en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

La documentación a presentar es la siguiente:

Certificado del presidente de la asociación deportiva justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, especificando que se mantiene en competición federada desde el inicio del periodo subvencionable. SE ADJUNTA MODELO.

Relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, firmada por el presidente de la asociación, por un importe igual o superior al 100% de la ayuda concedida y que se corresponda con las actividades y gastos previamente solicitados. En dicha relación deberá constar: número de orden del justificante en la relación, número de factura, emisor, fecha de emisión, concepto, base imponible, importe del IVA de la factura e importe total de la factura.

Cuando la actividad haya sido financiada, además de con la subvención, con otras subvenciones y/o ayudas públicas o privadas, deberá certificarse por el presidente de la asociación deportiva, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a dicha actividad. En caso de no darse esta circunstancia deberá aportarse certificado que lo indique expresamente. SE ADJUNTAN DOS MODELOS: UNO PARA EL CASO DE QUE SE HAYAN APLICADO SUBVENCIONES Y/O AYUDAS PÚBLICAS O PRIVADAS Y/O RECURSOS PROPIOS A LA ACTIVIDAD Y OTRO SOLO PARA LOS CLUBES QUE HAYAN FINANCIADO LA ACTIVIDAD EXCLUSIVAMENTE CON FONDOS PROPIOS. SOLO HAY QUE PRESENTAR UN MODELO, EN FUNCIÓN DE LA SITUACIÓN DE CADA ASOCIACIÓN.

Los justificantes de los gastos subvencionados incluidos en la relación de gastos a que se refiere el apartado b) anterior. A estos efectos, son gastos subvencionables los establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.

De acuerdo con el artículo 8.3 de la Orden 2350/2017, de 28 de junio, solo se admitirán como justificantes de gastos las facturas, que deben cumplir todos los requisitos legales.

Recordamos que a estos efectos no se admitirán como justificantes de gastos los certificados emitidos por las respectivas Federaciones, debiendo aportarse por las asociaciones las correspondientes facturas a que hacen referencia los mismos.

También recordamos que la fecha de los justificantes de gastos debe estar dentro del período subvencionable (del 1 septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2016) y que el IVA no es gasto subvencionable.

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Impresos temporada 2017/2018 lecturas 3259
Enviado por admin en Lunes, 17 Julio, 2017
Documentos 

Estimado Sres. Delegados:

Les informamos que en nuestra página web, ajedrezfma.com, y en el apartado de Información de Interés tienen a su disposición para poder descargar los impresos que se detallan a continuación:

  • Impreso de autoliquidación e ingreso. Word / Pdf
  • Hoja de inscripción de Entidades Deportivas. Word / Pdf
  • Hoja de inscripción de Equipos. Word / Pdf
  • Formulario de jugadores 2016/2017. Word / Pdf / Formulario On-line
  • Hoja de Orden de Fuerzas Reglamentaria. Word / Pdf
  • Formulario de solicitud de baja de Licencia Deportiva. Word / Pdf / Formulario On-line
  • Hoja de solicitud para impartir cursos de monitor oficiales. Word / Pdf
  • Hoja de solicitud para arbitrar competiciones oficiales. Word / Pdf

La finalidad y utilidad de estos impresos es para que puedan remitir dichos impresos al e-mail de la F.M.A. ajedrezfma@ya.com junto con la copia del resguardo de ingreso bancario (escaneado) , por el total del importe de liquidación, en el siguiente número de cuenta corriente: 2085 9288 12 0300046782

Tipo de licencia por año de nacimiento

Una vez recibidos los impresos correspondientes y comprobados los datos se les contestaría a su mismo e-mail de envío devolviéndoles los impresos con el sello de la F.M.A. como conformidad, o bien informándoles de los errores o falta de datos que tienen que subsanar.

Principalmente desearíamos que este procedimiento de inscripción, en especial para las competiciones de Liga de Ajedrez Rápido, Liga Infantil ó Liga por Equipos Oficial, fuera práctica habitual, lo cual ahorraría tiempo y desplazamientos.

La tramitación de las Licencias quedaría como se detalla a continuación:

Para los que ya estuvieran federados de otras temporadas, su licencia quedaría renovada automáticamente en el momento de su abono.

Para los nuevos federados, podrán remitirnos escaneado el impreso de Licencia, debidamente cumplimentado, con todos sus datos junto con la copia de su D.N.I. y posteriormente, remitiríamos por e-mail a su Club, copia de la misma con su número correspondiente de federado.

Si no pudieran cumplirse cualquiera de los requisitos arriba citados, deberán personarse en la sede de la F.M.A. (c /Payaso Fofó nº 1) para validar la documentación presentada.

En cualquier caso, la Federación Madrileña de Ajedrez se reserva el derecho de solicitar la presentación de la documentación en nuestra sede.

FEDERACION MADRILEÑA DE AJEDREZ

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Acta Asamblea General 17.06.2017 lecturas 1945
Enviado por admin en Lunes, 26 Junio, 2017
Documentos Más información
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Subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas por la participación en competiciones deportivas oficiales lecturas 2393
Enviado por admin en Lunes, 05 Diciembre, 2016
Documentos 

Con objeto de dar la máxima difusión entre las asociaciones deportivas de su Federación, le informo que hoy se ha publicado en el BOCM la Orden 3749/2016, de 24 de noviembre, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales, convocada por la Orden 1541/2016, de 13 de mayo.

De acuerdo con dicha Orden, las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 8.2 de la Orden 1541/2016, de 13 de mayo, ya citada, que se habrá de presentar en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El plazo de justificación empieza el viernes 2 de diciembre y finaliza el jueves 15 de diciembre, pero se ruega la presentación de la misma a la mayor brevedad posible, en LOS PRIMEROS DÍAS DEL PLAZO con el fin de agilizar la tramitación y el cobro de la correspondiente subvención dado que nos encontramos al final del ejercicio presupuestario.

La documentación a presentar es la siguiente:

a) Certificado del presidente de la asociación deportiva justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, especificando que se mantiene en competición federada desde el inicio del periodo subvencionable. SE ADJUNTA MODELO.

b) Relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, firmada por el presidente de la asociación, por un importe igual o superior al 100% de la ayuda concedida y que se corresponda con las actividades y gastos previamente solicitados. En dicha relación deberá constar: número de orden del justificante en la relación, número de factura, emisor, fecha de emisión, concepto, base imponible, importe del IVA de la factura e importe total de la factura.

c) Cuando la actividad haya sido financiada, además de con la subvención, con otras subvenciones y/o ayudas públicas o privadas, deberá certificarse por el presidente de la asociación deportiva, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a dicha actividad. En caso de no darse esta circunstancia deberá aportarse certificado que lo indique expresamente. SE ADJUNTAN DOS MODELOS: UNO PARA EL CASO DE QUE SE HAYAN APLICADO SUBVENCIONES Y/O AYUDAS PÚBLICAS O PRIVADAS Y/O RECURSOS PROPIOS A LA ACTIVIDAD Y OTRO SOLO PARA LOS CLUBES QUE HAYAN FINANCIADO LA ACTIVIDAD EXCLUSIVAMENTE CON FONDOS PROPIOS. SOLO HAY QUE PRESENTAR UN MODELO, EN FUNCIÓN DE LA SITUACIÓN DE CADA ASOCIACIÓN.

d) Los justificantes de los gastos subvencionados incluidos en la relación de gastos a que se refiere el apartado b) anterior. Dichos justificantes se presentarán en original y copia, y quedarán en poder de la Dirección General de Juventud y Deporte para la compulsa de las copias. A estos efectos, son gastos subvencionables los establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.

De acuerdo con el artículo 8.3 de la Orden 1541/2016, de 13 de mayo, solo se admitirán como justificantes de gastos las facturas, que deben cumplir todos los requisitos legales.

Recordamos que a estos efectos no se admitirán como justificantes de gastos los certificados emitidos por las respectivas Federaciones, debiendo aportarse por las asociaciones las correspondientes facturas a que hacen referencia los mismos.

También recordamos que la fecha de los justificantes de gastos debe estar dentro del período subvencionable (del 1 septiembre de 2014 al 31 de agosto de 2015) y que EL IVA NO ES GASTO SUBVENCIONABLE, por lo que el importe total de los gastos incluidos en la cuenta justificativa deberá superar el importe de la subvención concedida sin tener en cuenta el IVA de las facturas.

Documentación:

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Convocatorias de Subvenciones Públicas del Ayuntamiento de Madrid lecturas 2438
Enviado por admin en Miércoles, 07 Septiembre, 2016
Documentos 

Les informamos que con fecha 29 de agosto de 2016 se han publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 206, las cuatro convocatorias de subvenciones públicas que, en régimen de concurrencia competitiva, el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, ofrece a las entidades madrileñas que desarrollan su labor por y para el deporte madrileño:

para el fomento de los clubes deportivos no profesionales de la ciudad de Madrid para el año 2016; para el apoyo en nuestra ciudad de grandes eventos deportivos durante el año 2016; para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2015-2016; y para el desarrollo de actos deportivos en el municipio de Madrid durante el año 2016.

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/29/BOCM-20160829-24.PDF
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/29/BOCM-20160829-25.PDF
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/29/BOCM-20160829-26.PDF
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/29/BOCM-20160829-27.PDF

Como quiera que esta publicación sólo contiene un extracto de dichas convocatorias, podrá encontrar el texto íntegro de las mismas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 7732 igualmente de 29 de agosto de 2016.

https://sede.madrid.es/csvfiles/UnidadesDescentralizadas/UDCBOAM/Contenidos/Boletin/2016/AGOSTO/Ficheros%20PDF/BOAM_7732_26082016134101676.pdf

Estas cuatro modalidades de subvenciones persiguen, por un lado, la promoción y fomento de la educación física, el deporte y la adecuada utilización del ocio como principios rectores de la política deportiva, a través de la actividad de entidades deportivas sin ánimo de lucro y, por otro, el incremento del número de eventos y actos deportivos de diferentes niveles a celebrar dentro del municipio de Madrid durante el año 2016.

Para solicitar estas ayudas las entidades dispondrán de un plazo máximo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, por lo que éste permanecerá abierto hasta el 13 de septiembre de 2016.

Además de lo aquí descrito, toda la información relativa a estas subvenciones, la documentación requerida y la descarga de los impresos correspondientes también puede consultarse en la web municipal www.madrid.es/deportes.

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Ayudas a deportistas madrileños por participación en competiciones oficiales deportivas lecturas 3125
Enviado por admin en Viernes, 24 Junio, 2016
Documentos 

Con el fin de informar a los deportistas pertenecientes a nuestra Federación, se comunica que, con fecha 24 de junio de 2016, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Orden 1853/2016, de 9 de junio, relativa a la modificación de las bases reguladoras de las ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

BOCM 24 DE JUNIO DE 2016

Y con fecha 1 de septiembre de 2016, donde se aprueba la convocatoria para el año 2016 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

BOCM 1 DE SEPTIEMBRE DE 2016

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Ayudas para Deportistas y Técnicos lecturas 2900
Enviado por admin en Martes, 12 Mayo, 2015
Documentos 

Con fecha 12 de mayo de 2015, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Orden 1015/2015, de 15 de abril, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2015, de ayudas a deportistas y técnicos.

El plazo para presentar solicitudes y documentación es de 15 días HÁBILES (incluye sábados) a partir del siguiente a dicha publicación, en cualquiera de los Registros establecidos en dicha Orden. Es decir, del 13 al 30 de Mayo 2015 (ambos incluidos). Se recuerda que los sábados, aunque son hábiles, sólo abren algunos Registros que se pueden consultar en la web de la Comunidad de Madrid y teléfono 012, así como sus horarios.

Más información

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Bases reguladoras de 2013 de ayudas para deportistas y técnicos de la Comunidad de Madrid lecturas 2375
Enviado por admin en Jueves, 13 Junio, 2013
Documentos 

BOCM - ORDEN 1783/2013, de 4 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013, de ayudas para deportistas y técnicos.

descargar documento (pdf)

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